Interior y Policía recordó este jueves que está prohibido vender alcohol y portar armas de fuego desde 24 horas antes de las elecciones hasta 12 horas después de culminados los procesos electorales a celebrarse en los meses de febrero y mayo del presente año.
Con relación a las bebidas alcohólicas, se exceptúan aquellas instituciones hoteleras que se encuentran ubicadas en las zonas turísticas, las cuales deberán ser debidamente identificadas por la Junta Central Electoral (JCE), precisó el MIP en una nota.
A la vez, explicó, que solo los agentes de la Policía Militar Electoral, al servicio de los autoridades electorales, podrán ingresar armados a los colegios electorales.
El MIP reiteró las instrucciones impartidas a través de la Liga Municipal Dominicana para que los ayuntamientos del país llamen a los policías municipales a abstenerse de portar armas de fuego y vestir uniformes e insignias militares durante las elecciones.
Los dominicanos acudirán a las urnas el 16 de febrero para elegir a las nuevas autoridades municipales, mientras que el próximo 17 de mayo escogerán al nuevo presidente del país y a los miembros del Congreso Nacional.